El juez del Estado de México, Juan Manuel Alejandro Martínez Vitela, fue exhibido en redes sociales por absolver a un hombre que presuntamente abusó sexualmente de una niña de cuatro años.
El argumento del juzgador, al emitir su fallo, fue lo que generó la indignación.
Martínez Vitela justificó que el acusado fue absuelto por “insuficiencia probatoria” por parte del personal de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México; y porque la niña -de cuatro años- no mencionó el lugar, el día, ni el horario en que fue agredida.
El juzgador del Poder Judicial del Estado de México explicó que “aun y cuando se corrobore ese tocamiento, el resto de la información no está debidamente justificada”
Durante la audiencia, que fue videograbada y posteriormente exhibida en redes sociales, se observa cuando la madre cuestionó el fallo.
Recordó que los peritajes y pruebas presentadas acreditaban la culpabilidad del agresor de su hija.
-Su señoría, una pregunta: usted vio a mi hija ¿no le creyó? – cuestionó la madre de la niña.
-Desde luego que le creí en el tema del tocamiento, su hija jamás mencionó el tema del lugar, el día, el horario – contestó el juez.
-Su señoría ¿cómo va a saber mi hija el tiempo exacto? O sea la capacidad de una niña de cuatro años de edad ¿cómo va a saber ella? No es su responsabilidad saber la dirección de la casa del tío- reprochó la madre.
La asociación civil Hermanas Aliadas A.C., ha denunciado públicamente las irregularidades en este caso, ocurrido en el municipio mexiquense de Atizapán de Zaragoza, en febrero del 2022.
De acuerdo con la organización, Alejandro “N”, tío de la niña, fue detenido en marzo de 2023, señalado de ser el probable responsable de la agresión.
Y dos meses después, fue puesto en libertad, luego de que se le otorgara un brazalete de localización.
¿Qué dice el PJEM?
Al respecto, el Poder Judicial emitió su postura a través de una tarjeta informativa, donde explica que:
“Para comprender adecuadamente el sentido del fallo, debe leerse íntegramente la sentencia.
No existieron medios u órganos de prueba que permitieran reconstruir cada uno de los hechos y circunstancias aseveradas.
De cuatro periciales en materia de psicología, se advierte que únicamente la primera hace referencia de indicadores psicológicos de víctimas de violencia sexual.
Y un meta peritaje demuestra fallas metodológicas, como la ausencia de pruebas psicométricas adecuadas.
Los abuelos de la menor víctima aseguraron que el día de los hechos, su hijo y sus menores hijas -entre ellas, la víctima- estuvieron en su domicilio desde el mediodía y hasta las 20:00 o 21:00 horas.
Lapso de tiempo dentro del que se señala ocurrió el presunto abuso, a las 19.00 horas.
Por su parte, el acusado y tío de la víctima comprobó sus ubicaciones desde las 10.00 horas, hasta la noche, acompañado por su esposa e hija.
Exhibió estados de cuenta bancarios que registraron su presencia en plazas comerciales y locales, hasta ingresar a su domicilio por la noche, con registro mediante App.
En cuanto al juez, luego de emitir el fallo debió concluir la audiencia, sin embargo escuchó a la madre, y entró en un diálogo fuera de contexto.
La sentencia aún no se encuentra firme y puede ser impugnada por las partes, mediante el recurso de apelación ante el Tribunal de Alzada de Tlalnepantla.
El PJEdomex informó que tomarán las medidas correspondientes para garantizar que este caso sea tratado con la seriedad y responsabilidad que se requiere”, dice la tarjeta informativa.