¿Qué es el indulto?

En palabras coloquiales, el indulto es la facultad que tiene una autoridad de perdonar la pena, que le fue impuesta a una persona sentenciada, por algún delito.

En la entidad mexiquense, ésta es una facultad discrecional que tiene el Ejecutivo del Estado, es decir: el gobernador.

Cabe señalar que, no cualquiera puede aspirar al beneficio, solo aquellas personas que sean delincuentes primarios, que estén sentenciadas por delitos del fuero común y que reúnan los requisitos señalados en la Ley del Indulto el Estado de México.

Se puede otorgar el indulto por gracia, cuando hay motivos humanitarios o de equidad, en favor de personas en situación de vulnerabilidad.

Por ejemplo: personas mayores de 70 años, enfermos en fase terminal o indígenas que sufrieron violaciones graves a sus derechos humanos, por discriminación por su pertenencia a un grupo, etnia y diversidad cultural.

La ley también contempla el indulto necesario para quienes sufrieron violaciones graves al procedimiento o a sus derechos humanos.

En ningún caso  podrán gozar del indulto: los delincuentes habituales o reincidentes, o  que  hayan sido condenados penalmente mediante diversas sentencias ejecutoriadas.
Tampoco quienes hayan sido condenados por dos o más delitos, ejecutados en actos distintos ni los que tengan pendiente otro proceso.
No podrán ser beneficiarios las personas privadas de la libertad que sean consideradas de alto riesgo o que tengan reporte disciplinario de mala conducta.

Glosario

Indulto: Facultad discrecional del Ejecutivo del Estado para otorgar el beneficio a una
persona para extinguir la pena impuesta por sentencia irrevocable.

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