Controlar el uso de celulares en prisión, más eficaz que prohibirlos: entrevista con Juan Morey

Juan Morey, coordinador de Empoderamiento Jurídico y Activismos Comunitarios de Documenta A.C., nos habla sobre la prohibición de los celulares en los centros penitenciarios.

Es especialista en ejecución penal e integrante del Seminario de Seguridad Ciudadana del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

@JusComprensiva


-Una de las estrategias del gobierno federal para frenar las llamadas de extorsión ha sido el decomiso de celulares en los centros penitenciarios ¿será suficiente?

Si hay personas privadas de la libertad que tienen dispositivos electrónicos, como teléfonos móviles, es porque hay autogobierno, es porque hay hacinamiento, es porque hay privilegios y es porque hay tráfico de estos dispositivos.

Y para que haya tráfico de estos dispositivos es necesaria la connivencia o al menos la omisión de las autoridades que gestionan el centro, particularmente las que tienen que ver con seguridad y custodia, que son quienes controlan el ingreso de mercancías y otros objetos al centro.

Entonces, no podría haber un mercado negro de celulares, no pudiera haber tráfico de dispositivos sin la connivencia de alguna forma de la autoridad, sin un centro desordenado, sin un centro en el que haya hacinamiento y autogobierno. Entonces, en la medida en que no se resuelva el hacinamiento, probablemente va ser muy difícil resolver las extorsiones desde los centros.

La tecnología va a jugar un rol todavía más importante del que juega en la privación de la libertad, en el funcionamiento de la prisión.

Ya lo estamos viendo, en el punto de que las personas tengan videollamadas  con sus seres queridos y así suplantar la visita que muchas veces suele implicar costos muy complejos.

Entonces, ya vemos como la tecnología está ingresando en los centros; o que por ejemplo, las audiencias judiciales que se llevan a cabo a través de videoconferencias o imaginemos en un futuro, y esto ya sucede en centros penitenciarios de algunos países, que la persona privada de la libertad pueda planear una petición administrativa, por ejemplo, algo vinculado con la atención a la salud, a través de un dispositivo tecnológico que se encuentre en su estancia, imaginemos una tableta que esté fija, y a través de esa tableta la persona pueda gestionar una cita médica en el centro o una visita íntima.

Lo que quiero decir es que la tecnología va a ingresar en los centros de México en algún momento.

Los centros van a ser centros cada vez más tecnológicos y en ese contexto, y  en el desarrollo de las tecnologías de la información, el hecho de tener un teléfono celular en prisión no va a dar lugar a mayor descontrol, va a dar lugar a mayor posibilidades de observación y control de tecnologías digitales avanzadas y mayores posibilidades de prevenir y luchar contra la extorsión, entonces, hoy decir que los teléfonos están prohibidos en los centros, en este contexto de hacinamiento, es prácticamente querer tapar el Sol con las manos.

Sabemos que por más que estén prohibidos, los teléfonos entran y si esto lo relacionamos con lo que acabo de mencionar, que la tecnología va entrar en algún momento en los centros, porque el desarrollo tecnológico así lo va a determinar, y si lo relacionamos a su vez con los métodos de observación y prevención vinculados con las comunicaciones  digitales, que cada vez van a ser más avanzados, esto nos va a permitir todo lo contrario, que las personas en prisión mantengan un mayor vínculo con el exterior a través del uso de las tecnologías  de la comunicación y de la información, y por otro lado mantener mayores niveles de observación y de prevención del uso que las personas privadas de la libertad le dan a estas tecnologías de la información.

Entonces en este contexto, decir que los teléfonos celulares están prohibidos sin más en la prisión es prácticamente caer en el pensamiento mágico y querer tapar el Sol con las manos.

La prohibición absoluta es una medida ineficaz y además es una medida que niega una realidad palpable que es que en los centros hay teléfonos. Entonces deberíamos pensar más bien en formas de observar, de controlar, como métodos de prevenir un uso inadecuado de los teléfonos más que pensar en prohibirlos.

Además de que hay muchos países que no prohíben la tenencia de teléfonos en prisión. Pero si estamos pensando en eso, lo único que estamos haciendo es que la cotización de estos teléfonos en el mercado negro, que se produce a través del contrabando de teléfonos celulares, sea mayor.

Estamos generando mayores ganancias ilícitas, producto de esta corrupción, y estamos haciendo que el negocio sea más grande,  que el que habría si decidiéramos legalizar la tenencia de celulares en prisión y controlar con tecnologías de la información, con tecnologías de observación, con tecnologías de candado, acerca del uso de esos dispositivos al interior de la prisión.

Es un enfoque por un lado ingenuo y por otro lado, ineficaz.

-Esta medida de obligar el registro de telefonía móvil, que uno de sus objetivos justamente es evitar la extorsión que viene de los centros penitenciarios ¿cree que puede funcionar? 

No es mi tema de especialidad, pero por lo que podemos analizar de otras organizaciones que estudian esta temática de manera más específica, son medidas de alguna forma ineficaces, porque en otros países ya se han tomado y no hay como una evidencia directa de que esto reduzca, por un lado, la extorsión,  por otro lado puede aumentar algunos delitos vinculados con los dispositivos,  como por ejemplo la suplantación de identidad o el mercado negro y el contrabando de tarjetas SIM,  o el robo de celulares.

Y el hecho de que esto esté más en manos de las empresas telefónicas también es un problema, porque para acceder al registro no hay necesidad de una orden judicial  y este registro va a estar en manos privadas y esto hace que haya riesgos bastante importantes en materia de resguardo de la información.

Entonces, al fin y al cabo, estamos hablando de millones de usuarios en México de telefonía celular, entonces sería una base de datos gigantesca que sería también un gran botín para todo lo que tiene que ver con la ciberdelincuencia.

Y al margen de esto, el efecto que va a ocasionar es que el valor del mercado negro de celulares que hay en las prisiones, el valor unitario del dispositivo, aumente.

Lo que vamos a estar de alguna forma ocasionando, no es que haya menos celulares en prisión, sino que haya un negocio más grande por parte de quienes gestionan ilegalmente estos mercados negros.

-Esta propuesta de controlar el uso de los dispositivos móviles dentro de los penales en lugar de prohibirlos, ¿cómo se debería de aplicar? ¿Qué medidas o qué candados se le deberían de poner en caso de que en algún momento se permitiera?

Bueno, por ejemplo, los teléfonos móviles no funcionan de por sí, funcionan asociados a antenas, y estas antenas centralizan el flujo de comunicaciones. Entonces, a partir de los candados que se pueden poner en estas antenas, podemos, por ejemplo, autorizar o habilitar que determinada línea telefónica, es decir, un número X, pueda comunicarse con una serie de otros números, pero con una serie cerrada de otros números, es decir, el número de su esposa, el número de su abogado y el número de, supongamos, no sé, de su hija.

Entonces, ese tipo de candados, hoy en día esa tecnología existe y no es una tecnología costosa. Habría que analizar y comparar qué es más costoso, si poner inhibidores de señal, que es lo que generalmente se utiliza hoy en día,  o si es más costoso gestionar una antena de telefonía celular que funciona exclusivamente para el centro con este tipo de candados. Eso por un lado.

Y por otro lado, vamos a saber qué uso la persona hizo de ese teléfono, a quién llamó.  si el dispositivo estaba asignado a determinado módulo o a determinada área o a determinado dormitorio o a determinado interno.

O también vamos a poder saber cuál es la actividad que realiza la persona privada de libertad con el dispositivo móvil, supongamos, en internet.  ¿Qué sitios consulta?

Entonces, si la persona privada de libertad consulta sitios vinculados con lo que se llama la Deep Web, que muchas veces la Deep Web es la plataforma para cometer este tipo de cibercrímenes, entonces ahí probablemente tengamos un indicio de que esta persona ha participado o que se encuentra en los actos preparatorios para participar en un delito de esta naturaleza y entonces de esa forma podemos abonar a la prueba de estos delitos o a la prevención de estos delitos.

En Europa, por ejemplo, se utiliza esto para analizar el comportamiento de personas que se encuentran privadas de la libertad por crímenes de odio racial.

Entonces, en realidad tenemos que ver a los teléfonos no como un elemento perjudicial o de riesgo de la seguridad en el interior de los centros, sino todo lo contrario, como un elemento que nos va a permitir, por un lado, que las personas privadas de libertad  tengan una comunicación normal con el exterior, particularmente con sus redes.

Y cuando estoy hablando de redes me refiero de redes socioafectivas o redes jurídicas, que es un elemento fundamental para la reinserción social.

– ¿Qué se ha observado sobre los  inhibidores de señal? ¿Existen, no existen o simplemente  tienen fallas?

No, existen, pero bueno, evidentemente hay como zonas negras, o zonas como de penumbra de estos inhibidores, ¿no?

Técnicamente no sé por qué o cómo funcionan, o si habría alguna forma de fortalecer la función de estos inhibidores, pero creo que el camino no va por ahí, porque ya se ha demostrado que no, a partir de la experiencia, digamos, de años de funcionamiento de estos inhibidores, que no resuelven el problema.

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