“Mi esposo se llama Tomás Gabriel Crisanto, ya va para 11 años de prisión. Antes no sabíamos hablar bien el español, solo otomí, y él fue muy discriminado en el penal porque no se sabía expresar bien.
Eso lo motivo a estudiar, terminó la primaria en el penal, está cursando la secundaria ahorita y lo invitaron a formar parte de los intérpretes. Apenas una personita de Guerrero llegó, no sabe ni hablar, eso da impotencia. Nosotros ya lo vivimos, ya lo sufrimos”, platicó Carmela Flores, una mujer indígena originaria de la comunidad de Jiquipilco el Viejo, municipio de Temoaya.
Su marido, Tomás Gabriel Crisanto, un comerciante indígena otomí, se encuentra privado de la libertad en el centro penitenciario de Santiaguito, ubicado en el municipio de Almoloya de Juárez, tras ser sentenciado a 44 años de prisión, por un delito que asegura, no haber cometido.
Carmela Flores relata que en el 2013 su esposo acudió al Ministerio Público a declarar por voluntad propia, por el asesinato de un joven ocurrido en el municipio de Temoaya, pero las autoridades ya no lo dejaron salir.
La mujer otomí recuerda que la gente acusaba a un sobrino de haber participado en el crimen y como Tomás fue visto con él al día siguiente, su familia fue agredida y amenazada.
“Nos fueron a balacear la casa. Teníamos un negocio de ropa y nos fueron a balacear. Fue tanta la amenaza de que nos iban a matar, que mi esposo dijo: yo no he hecho nada, por qué nos van a hacer eso, y por eso mi esposo fue a Lerma a declarar y ya no lo dejaron salir. Lo trasladaron de una vez al penal”, dijo.
Carmela, quien trabaja en el campo, cuenta que durante el tiempo que estuvo detenido, su marido fue golpeado y lo orillaron a firmar una declaración sin contar con un traductor.
“Él no entendía bien y le pegaron, y todo lo que él escribió le acomodaron. Nunca le pusieron un intérprete. Yo no entiendo mucho de leyes, apenas terminé la primaria, pero si nosotros hubiéramos sabido antes, otra cosa sería”, platicó.
Recuerda que durante el año que duró el juicio, Tomás Gabriel se presentaba en las audiencias sin poder decir nada, sin defenderse, porque no entendía. Ahora él no quiere hablar el otomí porque piensa que por eso fue discriminado.
En busca de la libertad de su padre, Liliana Berenice Gabriel Flores, la única hija de Carmela y Tomás, se sumó al movimiento Haz Valer mi Libertad, integrado por familiares de presos que sufrieron violaciones a sus derechos humanos y al debido proceso, pero en 2020 falleció de leucemia, sin poder ver libre a su padre.
Al menos 20 indígenas recibieron sentencia sin traductor
Entre los años 2018 y 2022, en el Estado de México 306 indígenas fueron sentenciados, y ocho de cada diez de ellos fueron condenados por diversos delitos, principalmente robo, violación, homicidio, abuso sexual y lesiones, según los datos del Poder Judicial que se obtuvieron vía solicitudes de información.
Entre los sentenciados se encuentran hablantes de las lenguas: chinantecas, mixteca, zapoteca, mazahua, mazateca, mixe, náhuatl, otomí, tlapaneco, tzotzil, zoque, maya, ópata, popoluca, solteco, tepehua, tototaca, ocuilteco, tzeltal, motozintleco, oluteco, yaqui, amuzgo, cuicateca, huasteco, lacandón y tojolabal.
A partir de un cruce de información, se pudo detectar que cuando 20 de estas personas recibieron sentencia, el Poder Judicial del Estado de México no tenía contratados intérpretes que dominaran su idioma.
Muestra de ello, es que en 2018 un total de 29 traductores prestaban sus servicios en los juzgados, pero ninguno dominaba el zoque, tzotzil o zapoteco, aun cuando en ese mismo año fueron sentenciados cinco hablantes de esas lenguas indígenas.
Durante los cuatro años siguientes, al menos 15 personas – ópatas, popolocas, soltecos, zoques, ocuiltecos, tzetzales, yaqui, cuicateco, lacandón y oluteco- escucharon su sentencia probablemente, sin el apoyo de un intérprete.
Estos datos se obtuvieron a partir de un cruce de información entre las personas indígenas sentenciadas y los traductores que prestaron sus servicios en todos los juzgados estatales, del 2018 al 2022.
En todos los juicios y procedimientos, los indígenas tienen el derecho a ser asistidos por intérpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura y se deberán tomar en cuenta sus costumbres, según lo establecido por el artículo 2 de la Constitución, así como la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.
En la recomendación general 45/2021 la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) señaló que la mayoría de las personas indígenas en México, que son acusados de haber cometido un delito, están sujetos, en la mayoría de los casos, a enfrentar un procedimiento sin comprender los motivos que lo originan y su desarrollo, lo cual afecta su derecho a un debido proceso.
La CNDH observó escasez de personas intérpretes, abogadas, defensoras y operadoras de justicia, que hablen lenguas indígenas o conozcan las culturas indígenas.