Reportería: Eduardo Cordero. X: ecordero1989 Instagram:ecorderophoto
Tribedoce compuesto, pomada barmicil, sobres de suero y pantoprazol son parte del tratamiento rudimentario de desintoxicación en un anexo en el Estado de México.
Los hay de diferente tipo: de puertas abiertas (donde la residencia es breve), granjas (anexos ubicados en el campo), centros de rehabilitación que funcionan con los 12 pasos de Alcohólicos Anónimos, los fuera de serie (en extremo violentos), etc. En todos estos espacios se llega en contra de la voluntad.
En un barrio del Estado de México, Job* recuerda su paso por la preparatoria. “Yo era de aquellos que decían de todo menos cristal y piedra. Pero toda mi preparatoria consumía cristal. Estaba bien cabrón”.
Para adquirir cristal debía ir a otro barrio, ya que en donde el trabajaba sólo se vendía marihuana y piedra (crack). Cerca del punto, pueden verse latas o envases vacíos de Yakult, utilizados para hacer pipas con el uso de ceniza de cigarro.
En nuestro país, de acuerdo con el Informe del Sistema de Vigilancia Epidemiológica de las Adicciones 2022 (SISVEA) -realizado en Centros de Tratamiento no gubernamentales, Centros de Tratamiento para Adolescentes, Servicio Médico Forense (SEMEFO) y Servicio Médico de Urgencias-, las drogas de inicio más consumidas son el alcohol y el tabaco, seguidas de la marihuana.
Sin embargo, en Edomex, el cristal es la segunda droga de impacto (por la cual las personas buscan ayuda) después del alcohol. También es la droga de impacto en 24 estados del país: entre 2019 y 2022 siete de cada diez personas (69%) demandaron tratamiento por el consumo de esta sustancia de tipo anfetamínico.
Los registros del SISVEA- realizados a partir de 1994-, indican que desde el año 2017 el cristal se posicionó en el cuarto lugar como sustancia ilícita de inicio, con un crecimiento sostenido, desplazando a los solventes.
El 9.3% de personas atendidas en 1, 771 en Centros de Tratamiento iniciaron su consumo de drogas con cristal.
El consumo de cristal y piedra tienen a Mario* y Joaquín*, conocidos de Job, en dos anexos distintos. En uno de ellos cobran 800 pesos quincenales para mantener encerrado a Mario, lejos de las calles. Su madre y familia sostienen este gasto con dificultad, hartos de convivir con un consumidor que extraía de su casa todo lo que pudiera ser vendido.
Joaquín estudiaba la preparatoria en una vocacional del Instituto Politécnico Nacional, hasta que comenzó a fumar piedra. Después de abandonar la escuela, su familia lo anexó en un centro de rehabilitación de corte cristiano. Tienen 17 años.
El tratamiento del Estado para personas con adicciones
En México existen tres instituciones principales para atender a las personas tienen un uso problemático de sustancias: el Consejo Nacional de Salud Mental y Adicciones (CONASAMA), los Centros de Integración Juvenil (CIJ) y el Instituto Nacional de Psiquiatría Ramón de la Fuente, menciona en entrevista Kosett Torres Bonilla, directora de los Centros de Integración Juvenil (CIJ) de Querétaro.
En el Estado de México existen 13 establecimientos residenciales reconocidos por el CONASAMA. Estos establecimientos cumplen con la norma 028-SSA2-2009, donde se enumeran qué requisitos deben cubrir para operar centros estatales y privados.
La NOM 028 clasifica a los adolescentes como grupo de alto riesgo ya que tienen mayor posibilidad de uso y abuso de sustancias, por lo que deben ser atendidos aparte de niños, adolescentes, personas adultas mayores y con capacidades diferentes.
La Norma estipula la obligación de contar con un área de recepción, regaderas, independientes, camas independientes, dormitorios separados por sexo, comedor, botiquín de emergencia, etc., atendidos por personal especializado donde la medicación debe ser prescrita por un médico, además de contar con un expediente clínico propio.
La estancia debe ser voluntaria, salvo casos excepcionales donde peligre la vida del consumidor.
En los CIJ, por ejemplo, se atendieron a más de 8 millones de personas en una red de 120 unidades distribuidas en todo el país durante 2023, con acciones preventivas en su gran mayoría. Del total, el 2% recibió algún tratamiento a través de consulta externa y hospitalización, es decir, 139 mil personas.
Kosette Torres refiere que sólo 10 de las 120 unidades del CIJ son de hospitalización ya que entre el 10% y 12% de personas con adicciones tienen problemas que requieren ayuda clínica.
Para tratarse residencialmente en los CIJ, se requiere expresamente de voluntad. Sin embargo, el nivel de consumo no permite que las personas lleguen a atenderse por su propio pie, por lo que los anexos se convierten en opciones donde, por una cantidad mínima, se incluye el servicio de traslado.
“Tú dime quién es y lo amarramos dos días para que se esté ahí cagado y miado”, fue la respuesta al preguntar por un anexo cercano en el barrio donde viven Mario y Joaquín.
Entre el 75 y 80% de la población que se atiende en centros CIJ tienen otro trastorno mental, como depresión, ansiedad déficit de atención o trastorno límite de la personalidad, asegura Torres. Los diagnósticos de estos tratamientos son costosos para el Estado.
Anexos: el negocio alimentado por la tortura
Mario empezó a fumar marihuana a los 14 años. Recibió un disparo por estar inmiscuido en asuntos del punto, cuando pasó de consumir a vender.
Ahí continuó el consumo ya no con marihuana, sino con piedra. El uso problemático le quitó el privilegio de portar un arma metida en el pantalón: regresó a las calles a juntar lentamente dinero para saciar su sed de humo.
La hora no importaba. De mañana o noche la frenética búsqueda no cedía. La piel comenzó a secarse, los músculos resaltaron ágiles y ansiosos de entre la piel de uva seca. Ojeras prominentes decoraban su anguloso rostro, donde los dientes comenzaron a corromperse.
Ahora pasa los días anexado, por tercera vez antes de cumplir 20 años.
“Los anexos surgen porque se abre un mercado. En el momento en que el Estado no tienen la capacidad o no ofrece el servicio para internar a las personas que requieren la atención residencial, deja un espacio abierto. Ese espacio abierto lo ocupan negocios privados” dice Pablo Chiw, psicólogo clínico y doctor en Ciencias Sociales.
Ahí adentro la tortura física y mental está definida por el padrino, quien usa su genio inventivo para idear castigos o faenas humillantes: ser amarrado de pies y manos durante días, mirar un objeto durante horas o servir como costal de box son sólo algunos ejemplos ofrecidos por Chiw, quien hizo su estudio en Baja California Sur.
El objetivo de la tortura en los anexos es “instalar la suficiente cantidad de miedo y terror para que la idea de escapar sea impensable”. Para el doctor en Ciencias Sociales, la producción de sujetos emocionalmente desvinculados y sin empatía es la consecuencia más grave de pasar por un anexo.
Además de las secuelas generadas por la tortura física y mental en un anexo, las poblaciones adolescentes sufren de un desfase académico y de integración social que vuelve imposible su integración. “La persona pierde la posibilidad de entrar a otras opciones porque entró a un lugar donde lo trataron mal”, menciona Kosett Torres.
En Edomex se han registrado 1620 víctimas de tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes, entre 2018 y 2023 de acuerdo con el Registro Nacional del Delito de Tortura (RENADET).
A pesar de que ocupa el cuarto lugar a nivel nacional por este delito con 991 expedientes abiertos, la Fiscalía General de Justicia del Estado de México “no cuenta con carpetas de investigación abiertas y carpetas judicializadas (causas penales) por la posible comisión de delitos de tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes, por hechos perpetrados en centros de rehabilitación conocidos como anexos”, de acuerdo con la solicitud de transparencia folio 601613.
Los anexos, al ser espacios particulares, no son visitados por la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de México, por lo que no existen registros de recomendaciones emitidas. Al no ser de carácter gubernamental, el Departamento de Estadística de esa institución no tiene quejas al respecto, como se lee en la solicitud 00125/CODHEM/IP/2024.
Sin embargo, La Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes indica que el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura puede realizar supervisiones en lugares de privación de la libertad, públicos o administrados por particulares. El Informe de Supervisión 01/2022 del Mecanismo Nacional para Prevenir la Tortura (MNPT), realizado en Centros Especializados para el Tratamiento de Adicciones de Jalisco y Nayarit, indica que hace falta una supervisión sistemática y permanente en centros especializados en adicciones, lo cual dificulta la prevención de la tortura.
El MNPT realizó visitas de supervisión en septiembre de 2021 a 13 centros especializados en adicciones de Jalisco y Nayarit, documentando castigos como: permanecer sentado durante 5 horas, permanecer parados hasta por 6 días, en silencio, suspensiones de visitas familiares, etc.
De las 145 personas usuarias entrevistadas por el Mecanismo, el 75% dijo que los castigos fueron infligidos por el padrino.
En el Estado de México, la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) registró 271 centros de rehabilitación para personas usuarias de drogas y alcohol entre enero de 2018 y mayo de 2024, sin que se tenga registro de cuántas personas habitan en cada espacio, de acuerdo con información entregada vía transparencia.
“El primero objetivo de la tortura en los anexos es el lucro (…), su función es mantener a estar personas allí. No son lugares para la rehabilitación”, menciona el Pablo Chiw . Su trabajo en anexos realizado en Baja California Sur es prolijo en detalles sobre los métodos de tortura empleados por los padrinos. En cada región del país los métodos de tortura son distintos.
Mario llegó al barrio un día por la mañana, descalzo, huyendo de su segundo anexo. Logró escapar al segundo intento- el primero, fallido, lo pagó con una golpiza-, corrió desorientado sin saber a dónde ir cuando saltó la barda.
Después de estar encerrado durante meses, regresó al mismo barrio a vivir tranquilo unos días y reiniciar el consumo de piedra.
A pesar de las recientes reformas a la Ley General de Salud en materia de salud mental y adicciones, que obliga a los prestadores de servicios de salud a considerar la voluntad de adolescentes para determinar sus tratamientos, los anexos siguen siendo espacios sin regulación, donde la tortura sólo tienen como límite la imaginación de los padrinos.
*Seudónimo utilizado para proteger la identidad de personas menores de edad.
Esta investigación que fue realizada en el marco del proyecto “Periodistas contra la Tortura” con el acompañamiento de la organización Documenta. El contenido de este reportaje es responsabilidad de su autor y no necesariamente refleja el punto de vista de Documenta.
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