¿Cómo acceder al fondo de reparación del daño en el estado de México?

Si tu familiar consiguió la libertad, pero no puede salir de prisión porque no tienen dinero para pagar la reparación del daño, este artículo te puede interesar.

El Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México cuenta con un presupuesto de 15 millones de pesos, para el Fondo de Reparación del Daño.

Este fondo permite otorgar apoyos de manera gratuita a aquellas personas privadas de la libertad que estén sujetas al pago de un monto por concepto de reparación de daño a la víctima de uno o varios delitos.

El apoyo es para personas procesadas o sentenciadas que se encuentren en un centro penitenciario y que no cuenten con los recursos necesarios para efectuar el pago de la reparación del daño o bien, que no cuenten con una red de apoyo familiar.

El pago no podrá exceder la cantidad de 300 mil pesos.

¿Quiénes no podrán acceder a la ayuda?

Cabe mencionar que, los individuos sentenciados por los siguientes delitos, no podrán acceder a este beneficio :

Delitos que atentan contra la libertad sexual, trata de personas, la vida e integridad contra menores de edad, delitos de delincuencia organizada.

Secuestro, desaparición forzada, privación de libertad, feminicidio, violencia familiar, fraude y abuso de autoridad.

Por incumplimiento de obligación alimentaria,  se otorgará siempre y cuando derive de una sentencia interlocutoria ejecutoriada.

¿Cuáles son los requisitos para acceder al Fondo de Reparación del Daño?

Las personas interesadas para acceder al Fondo de Reparación del Daño deberán cumplir con estos requisitos.

Presentar una solicitud por escrito libre ante cualquiera de las direcciones regionales del Instituto de la Defensoría Pública para su trámite.

La solicitud debe contener: nombre completo de la persona privada de su libertad, domicilio para oír y recibir notificaciones.

Nombre de su defensor, público o privado, y adjuntar los documentos que acrediten su personalidad.

La manifestación expresa de que la persona privada de libertad desea obtener el apoyo correspondiente del fondo.

Hacer mención del expediente o causa penal correspondiente y el Juzgado en el que se adscribe su proceso.

Declaración de la persona privada de su libertad, bajo protesta de decir verdad de que no ha recibido ni está solicitando algún apoyo similar.

Tendrán que realizar los estudios socioeconómicos en el área de trabajo social del Instituto; y adjuntarlos en la solicitud.

La solicitud debe incluir, además, el lugar y fecha en que es presentada, la firma de la persona privada de su libertad y de su defensor.

Más información

Si la persona no puede o no sabe firmar, se imprimirá la huella digital y la manifestación de la voluntad de la solicitud.

Para el caso que la persona privada de libertad cuente con defensa privada, ésta deberá acreditar que su patrocinio es a título gratuito

Y se designará un familiar o persona de su confianza de la persona privada de la libertad, con la cual se dará seguimiento a la solicitud para acceder a los recursos.

El personal del instituto asistirá jurídicamente en todo momento a la persona privada de su libertad en el llenado de la solicitud.

El fondo será aplicable únicamente para el pago de reparación de daño a víctimas de uno o varios delitos.

Toda esta información se puede consultar en los Lineamientos para el Funcionamiento del Fondo de Reparación del Daño, los cuales fueron publicados en Gaceta de Gobierno el 15 de marzo de 2024.

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